La Renta Básica se aleja de los parlamentos y se acerca a los movimientos sociales
Daniel Raventós
03/07/11
Con la crisis económica y las medidas de política económica posteriores puestas en marcha por el Gobierno a partir de mayo de 2010, el debate sobre la Renta Básica en el Reino de España ha sufrido un curioso desplazamiento. Por una parte, la Renta Básica ha prácticamente desaparecido incluso de la discusión parcial entre los partidos parlamentarios, pero por otra ha suscitado un mayor interés entre activistas de distintos movimientos sociales.
Para entender y contextualizar el verdadero alcance de esta nueva situación, creo que es imprescindible hacer un poco de historia de la Renta Básica en el Reino de España. Antes aún deberá dibujarse muy lacónicamente la situación de crisis económica en esta economía y, más importante todavía, las políticas económicas puestas en funcionamiento a partir de mayo de 2010. Sin estos dos preámbulos, es difícil entender y justificar este desplazamiento del interés por la Renta Básica de los partidos políticos parlamentarios a los movimientos sociales.
La crisis y la política económica en el Reino de España
Hasta bien entrado 2009 el gobierno presidido por Rodríguez Zapatero negó que estuviéramos sumidos en una crisis económica. Habían pasado casi dos años del estallido de una crisis económica que, no es preciso insistir, ha sido considerada con razón como la más importante de los últimos 80 años. Una de las consecuencias más devastadoras de la crisis en la economía española ha sido un incremento del desempleo muy superior a otras economías. Ya hace mucho tiempo que se supera una tasa de desempleo del 20%. Ningún país de la Unión Europea tiene una proporción tan alta de personas oficialmente en el paro. Entre la juventud esta tasa se acerca cada vez más al 50%. Cabe añadir que el 63% de la población trabajadora empleada, es decir, 18,3 millones de personas, cobra menos de 1.100 euros brutos mensuales, y forma este gran grupo de los llamados “mileuristas”.
El 12 de mayo de 2010, el presidente Zapatero compareció ante el Congreso de los diputados para anunciar que, como consecuencia de los ataques especulativos masivos registrados durante la semana precedente contra la deuda pública de los Estados miembros de la UE y de los acuerdos que se acababan de alcanzar en el ECOFIN, se iba a poner en marcha un Plan de Choque. Entre las medidas que se aprobaron pocos días después cabe destacar: la reducción en un 5% de los salarios de los funcionarios públicos, la congelación de las pensiones, la reducción en 6.000 millones de la inversión pública en infraestructuras y el recorte de 1.500 millones en el gasto público de las administraciones autonómicas y municipales.
Zapatero también mencionó tres importantísimas reformas estructurales previstas y exigidas por el Banco de España, el BCE y el FMI: la del mercado de trabajo, la reforma de las pensiones y, finalmente, la reestructuración de las Cajas de Ahorro.
Desde mayo de 2010 se han ido aplicando esas y otras (contra)reformas que muchos han calificado con sobrada razón como la mayor ofensiva contra los derechos sociales y económicos de las clases trabajadoras que se registra en el Reino de España desde el final del franquismo, es decir, desde hace más de 30 años. Así lo entendieron, por ejemplo, los sindicatos, al menos en un primer momento, cuando organizaron una huelga general contra la reforma laboral el 29 de septiembre de 2010.
Ante esta situación, una primera impresión quizás sería suponer que la Renta Básica debería haber cobrado un mayor protagonismo en el debate político y social. Y, como se mencionaba al principio, así ha sido el caso entre algunos movimientos sociales, pero no entre el debate parlamentario en donde la Renta Básica ha desaparecido casi completamente.
Los inicios
En febrero de 2001, se iniciaron los trámites legales para la creación de la asociación Red Renta Básica. Hasta aquellos momentos, el conocimiento de la propuesta de la Renta Básica en el Reino de España por parte de los políticos, los sindicatos, los movimientos sociales y la ciudadanía en general, era realmente pequeño. Antes de 2001 se habían publicado algunos artículos, muy pocos libros y la Renta Básica era conocida y defendida por algunas personas provenientes del campo académico y por algunos activistas que militaban en distintos movimientos sociales. Todo sumado, se trataba de algo muy reducido.
Si hay que poner una fecha para situar un punto de inflexión en este proceso de difusión social de la propuesta, éste es junio de 2001, cuando se realizó el primer simposio de la Renta Básica. Es cierto que poco antes, en el año 2000, algunos periódicos de gran tirada (El País, El Mundo, La Vanguardia, El Periódico, Gara, La Gaceta de los Negocios, y el desaparecido Egunkaria), así como también algunas prestigiosas revistas de cierta difusión (Claves de Razón Práctica, El Viejo Topo) habían dedicado algunos artículos a explicar la propuesta de la Renta Básica, así como realizado entrevistas a algunos de sus valedores. También muchas emisoras de radio y, menos, de televisión habían dedicado espacios a entrevistas a defensores de la Renta Básica. Pero con el I Simposio de la Renta Básica realizado en Barcelona el 8 de junio el conocimiento y debate sobre la Renta Básica inicia su despegue. En el I Simposio, participaron algunos académicos, representantes de los principales sindicatos y miembros de algunos movimientos sociales, así como tres diputados (José Luis López Bulla, Carme Porta y Jordi Sevilla) de tres fuerzas políticas de izquierdas: Iniciativa per Catalunya-Verds, Esquerra Republicana de Catalunya y Partido Socialista Obrero Español, respectivamente.
Precisamente, los dos primeros diputados expusieron en el I Simposio parte del contenido de la propuesta de ley que estaban elaborando estos dos partidos para presentar en el Parlamento de Catalunya unos meses después.
Desde aquel I Simposio se han realizado 9 más, uno cada año, siendo el último hasta el momento el celebrado en Gijón el pasado año 2010. El II Simposio se realizó en Vitoria-Gasteiz. El III Simposio se realizó en Barcelona, así como el IV que tuvo lugar en el marco del X Congreso del Basic Income European Network que aquel año organizó nuestra sección (que había sido reconocida sección oficial del BIEN en el Congreso de Ginebra de 2002). El V se realizó en Valencia, el VI en Santiago de Compostela, el VII otra vez en Barcelona, el VIII en Madrid, el IX en Bilbao y el X, como queda dicho, en Gijón. El XI se realizará en Barcelona el 22 de octubre. Todos los simposios, en mayor o menor medida, han significado un incremento del conocimiento de la propuesta de la Renta Básica, especialmente en aquellas localidades en donde se celebraba, debido al impulso de los organizadores locales y a las coberturas en general correctas que han realizado algunos medios de comunicación.
Proyectos de ley
Se han presentado, a lo largo de lo que llevamos transcurrido del actual siglo, varios proyectos de ley en distintas comunidades autónomas y dos en el parlamento español. Me referiré a estos dos últimos si bien el proyecto de ley pionero fue el que se debatió ya en mayo de 2002 en el parlamento catalán. En realidad, el proyecto de ley presentado en Catalunya sirvió de referencia a los posteriores proyectos presentados en el Parlamento español. La propuesta de ley catalana fue presentada por los grupos parlamentarios de Esquerra Republicana de Catalunya e Iniciativa per Catalunya-Verds.
El primer proyecto de ley que se presentó en el Parlamento español fue en abril del año 2005. Puede leerse ya en el primer artículo:
Artículo 1. Objeto de la protección La presente Ley de creación de la Renta Básica tiene por objeto el establecimiento de una prestación económica, una Renta Básica de Ciudadanía, que se hará efectiva a cada ciudadano y a cada ciudadana de pleno derecho que pueda acreditar su residencia habitual en el territorio del Estado español, independientemente de su relación pasada, presente o futura con el trabajo remunerado, independientemente de otras posibles fuentes de renta que pueda poseer y sin importar con quien conviva.
En cuanto al nacimiento del derecho y la duración del mismo, esta proposición de ley es meridianamente clara:
Artículo 7. Nacimiento del derecho El derecho a percibir la prestación económica de la Renta Básica se inicia con el nacimiento o la obtención de la condición de ciudadano de pleno derecho.
Artículo 8. Duración del derecho El derecho a la Renta Básica se mantendrá a lo largo de toda la vida del perceptor.
Y sobre las características de la Renta Básica que se propone tampoco se ofrece la menor ambigüedad:
Artículo 5. De los principios generales orientadores Los principios básicos de la Renta Básica serán:
a) El carácter universal de la prestación económica.
b) Su carácter individual.
c) El carácter no condicionado al hecho de haber trabajado remuneradamente o de estar dispuesto a hacerlo.
d) El carácter no condicionado a los ingresos económicos o rentas que se tengan, ya sean personales o familiares, sin perjuicio de que estos ingresos estén gravados por los impuestos
Y un poco después:
Permítanme mencionar todavía otra consecuencia benefactora para quienes aspiramos a un modelo de sociedad bien distinto del actual. Nos referimos al incremento del grado de autonomía y de libertad de la población en la elección del trabajo. A grandes trazos, debo decirles que nuestra proposición de ley pretende reconocer un nuevo derecho de ciudadanía. Todos los ciudadanos recibirían una cuantía no sujeta a fiscalidad, no inferior a la que marca el umbral de la pobreza, aun cuando se podrán establecer diferentes cuantías en función de la edad del perceptor.
Hablamos pues de la renta básica universal como elemento constitutivo de un derecho de ciudadanía. La renta básica es la concreción política de los valores republicanos a los que debe aspirar ver culminados nuestra actual democracia, es decir, los de libertad, igualdad y fraternidad. Fraternidad en cuanto a que la sociedad reparte una porción de la riqueza que genera entre toda la ciudadanía como manera de garantizar su derecho a la existencia, a la vida. Igualdad porque se otorga a toda la ciudadanía, independientemente de cualquier otra condición socioeconómica. Libertad a garantizar unas condiciones de vida mínimas que permita a las personas decidir verdaderamente sobre su desarrollo personal o sobre las condiciones de acceso al mercado laboral, sin tener que hipotecar estos derechos ante el chantaje permanente de los poseedores de la riqueza, que la utilizan como una herramienta de sumisión correspondientes que la normativa fiscal establezca.
En la sesión plenaria del 2 de octubre de 2007 tuvo lugar la discusión del segundo proyecto de ley presentado al Parlamento español. La proposición de ley estaba redactada en unos términos muy parecidos a la presentada dos años antes. El interesante debate parlamentario puede seguirse en el Diario de sesiones del Congreso de los diputados. La vigorosa defensa que el diputado Joan Tardà, de ERC, hizo de la propuesta incluía afirmaciones como las siguientes:
Una de las consecuencias de los dos debates sobre la Renta Básica en el Parlamento español, fue el desencadenamiento de un gran interés por conocer la propuesta. La malévola cobertura posterior al debate parlamentario de esta propuesta de ley que realizó el periódico de mayor difusión (El País), motivó que se publicara posteriormente un artículo de opinión en defensa de la Renta Básica que tuvo repercusiones en distintos medios electrónicos.
Otra de las consecuencias fue la creación con posterioridad, exactamente el 28 de abril de 2009, de una subcomisión parlamentaria con el objetivo de estudiar la viabilidad de la implantación de una Renta Básica para el conjunto del Reino de España. Joan Herrera, uno de los diputados que la defendió, argumentó que:
Espero que en la subcomisión, así como en el debate de hoy no se reproduzcan los argumentos que se produjeron entonces. Se puede estar matizadamente en contra, se puede estar radicalmente a favor, pero, en cualquier caso, no se puede despachar esta propuesta ni estas reflexiones que se producen en España, pero también a lo largo y ancho del planeta, con la descalificación que tuvo en el Pleno de octubre de 2007. No se trata de una paga para que la gente no trabaje, como se llegó a plantear entonces, se trata de una cantidad de recursos humildes, que permitan tener mayor libertad para elegir qué hacer. Quiero dejar claro que lo que hoy discutimos es, en primer lugar, la creación de una subcomisión para el estudio de la renta básica y, en segundo lugar, que el objetivo final que se plantea incluso cobra mayor vigor en la situación actual de crisis, porque hoy precisamente existe mayor riesgo de exclusión.
A día de hoy, esta subcomisión parlamentaria no se ha puesto en funcionamiento. Y por el poco tiempo que queda de la mortecina legislatura actual, es razonable pensar que nunca llegará a hacerlo. En la fecha en la que aprobó la formación de esta subcomisión, la crisis económica ya estaba golpeando con particular saña la economía española.
La Renta Básica como derecho humano emergente
En el primer Simposio aludido de la Renta Básica, unos de los oradores, Miguel Candel, dijo de forma acertada:
Veo la Renta Básica como un corolario necesario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y ello, sin necesidad de apelar al ‘derecho natural’, que es un concepto difícilmente aprehensible. Más bien, hay unos derechos que son el resultado de un consenso social y que, por ello, son aceptados por todos, al menos desde el año 1948. De esos derechos se desprende que la especie humana ha decidido que la vida es sagrada o, dicho en términos más laicos, que todos los miembros de la especie humana tienen un derecho incondicional a la vida. Si esto es así, entonces las estructuras sociopolíticas deberían garantizar esos derechos, porque todo derecho genera deberes correlativos. Y para garantizar ese derecho, parece claro que no se puede –si es un derecho incondicional- condicionar la asignación de recursos, al menos de una cierta cantidad de recursos necesarios para la vida, a ningún tipo de iniciativa, de acción o de prestación por parte del individuo.
Con motivo del primer Fórum Universal de las Culturas, realizado en Barcelona en el año 2004, dentro del marco del cual se realizó el X Congreso del BIEN, se confeccionó, por parte de diversas organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos, un borrador que luego fue conocido por Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes. Este mismo borrador fue discutido y corregido en el segundo Fórum Universal de las Culturas realizado en la ciudad mexicana de Monterrey en el 2007. En el tercer punto del primer artículo puede leerse:
El derecho a la renta básica o ingreso ciudadano universal, que asegura a toda persona, con independencia de su edad, sexo, orientación sexual, estado civil o condición laboral, el derecho a vivir en condiciones materiales de dignidad. A tal fin, se reconoce el derecho a un ingreso monetario e incondicional periódico sufragado con reformas fiscales y a cargo de los presupuestos del Estado, como derecho de ciudadanía, a cada miembro residente de la sociedad, independientemente de sus otras fuentes de renta, que sea adecuado para permitirle cubrir sus necesidades básicas.
Los temas relacionados con la Renta Básica que han suscitado más debate
Los debates que se han producido en el transcurso de estos últimos 10-11 años han surgido principalmente con motivo de la presentación de los proyectos de ley y en los simposios anuales de la Renta Básica mencionados. También se han reproducido en algunos seminarios o jornadas organizadas por algún partido político, sindicato, movimiento social o universidad. Para exponer un más que escueto repertorio de estos debates, será de utilidad hacer una distinción sobre los argumentos que se han esgrimido por parte de los contrarios a la Renta Básica y entre las diferencias que se han producido dentro de los partidarios de la Renta Básica.
Entre las personas contrarias a la Renta Básica, los argumentos más repetidamente expuestos son los siguientes. El primero de ellos es que la Renta Básica ocasionaría que se mantuviera a vagos (esta crítica tiene variantes: “nadie trabajaría asalariadamente” o “se incentivaría el parasitismo”). Este argumento ha sido el preferido por los que han opinado en algún momento sobre la Renta Básica y que provienen políticamente de la derecha. El segundo argumento es que la Renta Básica es muy costosa y de imposible financiación. Este argumento, si bien también preferido por los contrarios a la Renta Básica que provienen de la derecha política, también ha sido considerado por algunos miembros de la izquierda.
Finalmente, y aunque no tan extendido como los dos anteriores, surge habitualmente un tercer argumento y es que la Renta Básica favorecería una mayor inmigración de la población pobre. Aquí tanto los políticamente situados a la izquierda como a la derecha y que han participado en el debate han utilizado este argumento en una proporción parecida. Como puede apreciarse no son argumentos distintos de los que habitualmente pueden leerse en muchos otros ámbitos geográficos.
Entre los favorables a la Renta Básica en el Reino de España, se ha producido al menos tres debates más o menos explícitos y una aportación muy propia. El primero haría referencia a la táctica más conveniente para la implantación de la Renta Básica: la conveniencia o no de la táctica de la puerta de atrás (backdoor strategy). El segundo, sobre distintas formas de financiación. El tercero hace referencia a la incompatibilidad o no de la Renta Básica con la centralidad del trabajo. Y la aportación se refiere a la justificación normativa de la Renta Básica. Mi opinión sobre los tres debates apuntados es la siguiente. El primer debate creo que es muy poco interesante y, al fin y al cabo, solamente traduce las distintas opiniones políticas generales de los distintos participantes en el debate. La táctica de la puerta de atrás o cualquier otra debe estar, si se quiere huir de la especulación más o menos fantasiosa, fuertemente enraizada en la coyuntura social y política del momento. En cambio, la financiación ha motivado elaboraciones realmente útiles. Las propuestas que se han realizado para financiar una Renta Básica en el Reino de España (o en Catalunya, en algún caso) ya se remontan a principios de la década del 2000. Deberá proseguirse en el próximo período la profundización de cómo financiar una Renta Básica. Apunto lo que pueden ser ejes especialmente interesantes y fructíferos: deberá gravarse especialmente las ganancias improductivas (la Renta Básica debería financiarse especialmente a costa, para utilizar la famosa expresión keynesiana, de la “eutanasia del rentista”), las provenientes de la especulación financiera e inmobiliaria de forma notoria; deberá servir como gran redistribución de la renta de los más ricos, especialmente de los grandes detentadores de rentas no trabajadas, a buena parte del resto de la población, es decir, de forma completamente contraria a la que se ha venido realizando a lo largo de las últimas décadas. Finalmente, el tercer debate, sobre la supuesta incompatibilidad de la Renta Básica con la centralidad del trabajo, creo que es equívoco. Más bien al contrario, la Renta Básica podría ser un medio para aumentar el poder negociador de la clase trabajadora para rechazar puestos y condiciones de trabajo que actualmente muchas personas se ven obligadas a aceptar para poder sobrevivir. En definitiva, para conseguir un trabajo con mejores condiciones o, en caso contrario, para poderlo rechazar.
Pero si quizás hay una aportación a la Renta Básica específicamente propia del territorio comprendido en el Reino de España, con un claro componente catalán, es la fundamentación filosófica-política a partir del republicanismo histórico. Para evitar confusiones, debe hacerse una aclaración para apreciar la particularidad filosófica a la que me estoy refiriendo. El neorepublicanismo académico debido, entre otros, a Quentin Skinner, J.G.A. Pocock y, quizás especialmente, a Philip Pettit, hace una conocida distinción entre interferencia en general e interferencia arbitraria, para defender que la concepción republicana de la libertad se apoya en la ausencia de interferencia arbitrarias. En opinión de los defensores de la concepción de la libertad del republicanismo histórico, esta concepción diluye la relación entre propiedad y libertad republicana. También queda diluida la relación entre democracia y propiedad. Pettit razona la libertad republicana como un concepto disposicional, en contraste con la libertad negativa liberal de pura no interferencia. La libertad republicana sería ausencia de dominación, de interferencia arbitraria de otros particulares (o del Estado). Aquí hay una diferencia fundamental puesto que, para el republicanismo histórico, la fuente fundamental de vulnerabilidad e interferibilidad arbitraria es la ausencia de independencia material. Para la tradición republicana el conjunto de oportunidades de cualquier persona está claramente delimitado por aquellas propiedades que posibilitan que disponga de una existencia social autónoma. No se trata de un conjunto de oportunidades cualquiera, sino de éste en concreto. La ciudadanía plena no es posible sin independencia material o sin un “control” sobre el propio conjunto de oportunidades así concretado. Si se descuida esa raíz institucional fundamental del papel histórico de la propiedad y la capacidad para sus detentadores de dominar, entonces la “dominación” se diluye y desinstitucionaliza, y caen también bajo ella aspectos de las relaciones humanas que el republicanismo histórico jamás habría considerado pertinentes políticamente, por ejemplo: el engaño y el timo podrían llegar a ser una forma de “dominación”, pues quien engaña y tima interfiere arbitrariamente en la vida del engañado y del timado.
La crisis económica y la Renta Básica
En mayo de 2009, la asociación Red Renta Básica publicó un manifiesto en varios idiomas titulado: “Una Renta Básica en la actual situación de crisis económica”. Allá se decía de forma premonitoria:
En una situación de crisis económica, los ataques a los puestos de trabajo y a los salarios son frecuentes: el Fondo Monetario Internacional, el Banco de España, el Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria o la patronal CEOE, entre otros organismos, se han manifestado sin la menor brida por la moderación salarial, el despido procedente, el abaratamiento del "factor trabajo" y el recorte de las pensiones y de la protección social.
(!) La precariedad y la inseguridad económica se extienden a diestro y siniestro, hasta el punto de alcanzar sectores sociales que, en un pasado no lejano, gozaban de grados relevantes de seguridad socioeconómica. En este contexto, la renta básica, en tanto que red material garantizada universalmente a través de una reforma del sistema impositivo, aparece como una vía para reforzar y mejorar la seguridad material del conjunto de la población, condición necesaria para el ejercicio de la ciudadanía.
Con la crisis económica, también se produce en relación con la Renta Básica una situación que se podría caracterizar así: si bien las razones a favor de una Renta Básica se incrementan, las dificultades políticas para su consecución también aumentan. Efectivamente, las razones que se han ofrecido para una Renta Básica en situación de grave crisis económica están apuntadas en el mencionado manifiesto y en artículos anteriores y posteriores.
1) La pérdida involuntaria del empleo provoca una situación de gran inseguridad económica y vital. Perder el puesto de trabajo, pero disponer de una Renta Básica supondría afrontar la situación de forma menos angustiosa. En una situación de crisis, en donde la cantidad de desempleo es mucho mayor y más prolongada, el acceso a una Renta Básica cobra mayor importancia social. Más aún con la creciente debilidad o directa inexistencia de seguros de desempleo amplios y de larga duración.
2) La Renta Básica podría cumplir un papel muy importante en la recomposición del interés colectivo de la clase trabajadora y en las luchas de resistencia tanto para quienes cuentan con representación organizada como para quienes están mal librados a una lucha personal. En la crisis se puede observar perfectamente que la Renta Básica no es una alternativa sustitutiva del salario y no debilita la defensa de los intereses de la clase trabajadora, sino que aparece como un instrumento que fortalece la posición de toda la fuerza de trabajo tanto en el mismo puesto de empleo como en la propia búsqueda de ocupación. Además, la Renta Básica supondría, en caso de huelgas, una especie de caja de resistencia incondicional cuyos efectos para el fortalecimiento del poder de negociación de trabajadoras y trabajadores son fáciles de evaluar. La disponibilidad de una Renta Básica permitiría afrontar el conflicto laboral de una forma mucho menos insegura: al día de hoy, dependiendo de los días de huelga, los salarios pueden llegar a reducirse de forma difícilmente soportable si, como acostumbra a ocurrir para la inmensa mayoría de la clase trabajadora, no se dispone de otros recursos.
3) También la Renta Básica posibilitaría la reducción del riesgo a las personas que hubieran emprendido proyectos de auto-ocupación. En una situación de crisis económica, la Renta Básica, además de suponer un instrumento que facilitaría las tareas de auto-ocupación, incluso la organización cooperativa de sus beneficiarios, representaría una mayor garantía para poder hacer frente, aunque fuera parcialmente, a quienes no tuvieran éxito con su pequeño negocio.
4) Una de las consecuencias más señaladas de la Renta Básica sería la gran mitigación de la pobreza. Inclusive permitiría de manera realista plantearse su efectiva erradicación. No sólo posibilitaría sacar a millones de personas de la pobreza, sino que construiría un soporte de protección para no recaer en ella. En el Reino de España el porcentaje de personas pobres es superior al 20%.
5) Un tema muy debatido frente a la crisis es la necesidad de sostener el consumo de las personas. De hecho, muchas personas tuvieron en los años del boom una capacidad de consumo por encima de sus ingresos laborales gracias a la inflación de precios de activos financieros y de créditos, especialmente hipotecarios pero también de consumo. Este consumo por endeudamiento en general no favorece a los grupos más pobres. Además, con el ajuste no sólo se terminan esos ingresos extras sino que los reducidos ingresos laborales tendrán que utilizarse en parte para pagar la deuda acumulada. La Renta Básica sería un estabilizador del consumo fundamental para sostener la demanda en tiempos de crisis, especialmente para los grupos más vulnerables.
Pero estas razones que nos hablan de una mayor necesidad de una Renta Básica en una situación de crisis económica, chocan con la prioridad de los grandes partidos parlamentarios para adaptar las políticas económicas a la reducción del déficit público cuyo contenido puede resumirse en un gran aumento de los recortes de las partidas dedicadas a gastos sociales y servicios públicos.
Mayor interés por la Renta Básica fuera de los parlamentos
Quizás sea ese el principal motivo de porqué la Renta Básica resulte más atractiva desde que estamos inmersos en la crisis a personas que provienen fundamentalmente de los movimientos sociales. Y, a su vez, goce de un menor interés práctico entre los partidos políticos parlamentarios. Así, mero dato, puede apreciarse un mayor afán para organizar charlas o debates sobre la Renta Básica entre asociaciones de derechos humanos, defensores de la cancelación de todas las deudas hipotecarias una vez el piso se queda en manos de bancos o cajas, profesores y activistas en defensa de la salud pública, y más recientemente, entre muchos activistas del movimiento del 15-M.
Es precisamente este movimiento del 15-M que puede revitalizar el papel de la Renta Básica. La suerte de la Renta Básica en el Reino de España dependerá, como toda medida social que pretenda ser seria y no mera especulación más o menos ingeniosa, de la calidad de sus análisis y, principalmente, de que pueda ser contemplada por parte de gran parte de la población como una de las medidas capaces de hacer frente a su situación social. La suerte de la Renta Básica dependerá, en fin, del número de personas que quieran defenderla y estén dispuestas a luchar por ella.
Daniel Raventós es profesor de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona, miembro del Comité de Redacción de sinpermiso y presidente de la Red Renta Básica. Su último libro es Las condiciones materiales de la libertad (Ed. El Viejo Topo, 2007).
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www.sinpermiso.info, 3 de julio de 2011 Compartir
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