http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=5823# ¿En qué se diferencia una Renta Básica de una Renta Garantizada de Ciudadanía y por qué apoyamos esta ILP? |
Daniel Raventós · Sergi Raventós · · · · |
31/03/13 |
La peor crisis en la trágica historia del capitalismo sigue sin
visos de acabarse en lo inmediato. Situación que es utilizada por los poderes
establecidos para atacar lo que queda del estado de bienestar. Es en este
contexto tan sumariamente expuesto que hay que entender la voluntad de
los promotores de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por una Renta Garantizada
de Ciudadanía (RGC). La asociación Red Renta Básica (RRB) ha estado desde el inicio entre el grupo promotor de esta
ILP. Ante una situación como la que estamos viviendo, en donde nuevos informes
(el último es el informe de Foessa) y estudios constatan que crecen el paro, la
pobreza, la exclusión social y también arrecia el ataque a las condiciones de
existencia material para casi toda la población no rica o no muy rica, la ILP
por una RGC nos parece una iniciativa excelente. Una iniciativa, que a su vez,
ha conseguido amplios apoyos de sindicatos, partidos y asociaciones para la
mencionada ILP. Esto de por sí ya es un éxito. Y la maquinaria ya puesta en
marcha para conseguir 50.000 firmas, permitirá llegar a más sectores sociales.
En muchas charlas de presentación de esta ILP, a los miembros de la RRB se nos
ha preguntado o se nos ha pedido que expliquemos las diferencias entre la RGC y
la RB. También se nos pregunta al respecto al pedirnos este artículo. Veamos en
las menos palabras posibles estas diferencias.
La RGC es un subsidio condicionado. Para recibirlo, tal como
expone la propia ILP, deberían cumplirse una serie de condiciones. Puede
tratarse de condiciones más o menos generosas, pero son condiciones. Esto
supone unos costes administrativos muy altos en proporción al presupuesto
general del programa condicionado. En cambio, la RB representa una
simplificación administrativa envidiable como hasta han venido a reconocer
algunos de sus críticos. Resulta obvio que esta característica de la RB, la
ausencia casi absoluta de costos administrativos, puede ser de vital
importancia en la perspectiva de una efectiva racionalización de las políticas
sociales y de redistribución de la riqueza.
La RB se garantiza ex-ante, la RGC, en caso de poder
tener acceso a ella, ex-post. Esta característica convierte a la RB en
una medida esencialmente preventiva de la exclusión. Sobre la RGC, por razones
evidentes, no puede afirmarse lo mismo.
La RB permite eludir las llamadas trampas de la pobreza y del
paro. Estas trampas aparecen por el hecho que las cantidades monetarias de los
subsidios condicionados, como es el caso de la RGC, no son acumulativas (con
esto queremos decir que son subsidios complementarios a una renta ya existente
y hasta un umbral establecido). De aquí la inexistencia de estímulos muy
elevados para aceptar ocupaciones que supongan la pérdida de la RGC. A
diferencia de la RGC, la RB no constituye un techo, sino que define sólo un
nivel básico, a partir del cual las personas pueden acumular cualquiera otro
ingreso. Además, la RB podría ser en muchos casos un estímulo para desarrollar
trabajos remunerados, mientras que los subsidios condicionados no sólo no
suponen este incentivo sino que representan todo lo contrario.
La RB al no estar condicionada, la recibiría toda la población,
como queda dicho. Esta característica tan distintiva de esta propuesta ha
supuesto que algunas personas hayan expresado su desacuerdo con que “también la
reciban los ricos”. Si se entiende cabalmente que tan importante es la cantidad
de la RB como la forma de financiarla (y hay más de una y de dos formas de
hacerlo), puede deshacerse alguna confusión. Que todo el mundo reciba la RB no
quiere decir que todo el mundo gane. Los ricos pierden en las propuestas de
financiación políticamente interesantes. En el proyecto de financiación que
realizó la RRB para Cataluña en el año 2005, el 60% de la población con menos
renta se beneficiaba con la RB, un 15% quedaba aproximadamente igual, y el 15%
más rico perdía. Con nuevos datos y en plena crisis, se está realizando un
estudio de actualización que permitirá ver qué cantidad de RB es en la
actualidad técnicamente posible (en el año 2005, era de 5.414 euros anuales
para toda la población censada en Cataluña y de 2.707 para los menores de 18
años). Esperamos tener en breve esta actualización.
Una consideración comparativa final. Si bien en condiciones de
crisis y de paro masivo como en la actualidad esta razón queda más debilitada,
la RB permite evitar los daños psicológicos y morales vinculados a la
estigmatización social del perceptor de un subsidio condicionado como es la
RGC. Lo que debe garantizar toda sociedad es el "primer derecho", el
de la existencia. Simplemente por el hecho de pertenecer a la ciudadanía (o, si
se quiere, por el hecho de pertenecer al género humano), sin razones
adicionales. Cualquier consideración acerca de la libertad de las personas que
las desvincule de la existencia material garantizada, puede servir para
multitud de trabajos académicos y hasta para muchas tesis doctorales, pero es a
lo sumo palabrería sofisticada. Aunque fueron dichas hace más de dos siglos,
las palabras al respecto de Robespierre siguen siendo de rigurosa actualidad:
“¿Cuál es el primer fin de la sociedad? Mantener los derechos imprescriptibles
del hombre. ¿Cuál es el primero de esos derechos? El de existir. La primera ley
social es, pues, la que asegura a todos los miembros de la sociedad los medios
de existir; todas las demás se subordinan a ésta; la propiedad no ha sido
instituida, ni ha sido garantizada, sino para cimentar aquella ley; es por lo
pronto para vivir que se tienen propiedades. Y no es verdad que la propiedad
pueda jamás estar en oposición con la subsistencia de los hombres.”
La RB no es solamente una medida contra la pobreza, es una
propuesta que pretende ser parte integrante de una diferente configuración política de
los mercados. También
esta propuesta quiere dotar de existencia material a la población para hacer
posible la libertad efectiva de todos los miembros de la sociedad.
Característica “subversiva” que ha captado perfectamente la derecha toda y por
ello la ha considerado tan peligrosa cuando se ha discutido por dos veces en el
parlamento del Reino de España.
Cada vez es creciente el número de personas que pierden lo que
les garantizaba mal que bien una existencia social más o menos decente. Pedir
trabajo digno para todas las personas en paro supone un noble objetivo y sería
harto deseable, pero mientras eso no llega y no es previsible que vaya a llegar
en los próximos años estas mismas personas deben tener la existencia
garantizada. Comer, alojarse, vestirse… son necesidades que deben realizarse a
diario. Aquí cobra todo el sentido esta Iniciativa Legislativa Popular por una
Renta Garantizada de Ciudadanía (¿hacia una renta básica?).
Daniel Raventós es
profesor de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Barcelona,
miembro del Comité de Redacción de SinPermiso y
presidente de la Red Renta Básica. Es miembro del comité científico de ATTAC.
Su último libro es ¿Qué es la
Renta Básica? Preguntas (y respuestas) más frecuentes (El Viejo
Topo, 2012). Sergi Raventós es trabajador social en una fundación de
salud mental. Es miembro del colectivo Dempeus per la salut pública. Forma
parte de la comisión promotora de la Iniciativa Legislativa Popular por una
Renta Garantizada de Ciudadanía como representante de la Red Renta Básica.
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diario.es, 26 marzo 2013 |
El model de creixement insostenible i il·limitat que ens ha abocat a la crisi econòmica mundial és també la causa de la crisi ambiental en la que estem immersos. Aquest és un model antieconòmic perquè ha deixat ja de ser positiu per a nosaltres. Els beneficis que d’ell n’obtenim no superen el perjudicis que ens comporta en forma de pèrdua irreversible d’espècies i de recursos naturals, de contaminació i degradació ecològica, de costos personals i de injustícia social.
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diumenge, 28 d’abril del 2013
¿En qué se diferencia una Renta Básica de una Renta Garantizada de Ciudadanía?
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